Desde el año
pasado el Papa Francisco había
estado trabajando en preparar
la cumbre sobre protección
de menores, reuniendo información y
aportaciones de obispos. Este esfuerzo culminó en una Cumbre, que los medios dejaron sin relevancia, en Roma el pasado mes de febrero,
con la presencia
de
190 asistentes,
entre 114
presidentes de las Conferencias Episcopales, líderes religiosos de
las Iglesias orientales y
prefectos de las congregaciones vaticanas
,
en
la que se escucharon,
antes que nada,
las voces de varias víctimas de todos los
continentes.
"Ante
la lacra de los abusos sexuales cometidos por hombres de la Iglesia
contra menores, quería consultar con ustedes", dijo Francisco a
obispos y líderes de órdenes religiosas reunidos, pidiéndoles que
escucharan "el llanto de los pequeños que claman justicia".
( 1)
Ya
desde antes, en el 2001, el
delicado problema del abuso de menores por sacerdotes
había sido tratado por San Juan Pablo II en la
Sacramentorum sanctitatis tutela
, estabelciéndolo
entre los delitos de máxima gravedad que deberían ser atendidos por
la Congregación
para la Doctrina de la Fe
directamente. Ya después
Benedicto XVI
en 2010 agregaría,
inclusive, el consumo de pornografía
infantil dentro de esta lista y el hacer del conocimiento directo al
Papa sobre los casos para la expulsión, y la comunicación de estos
delitos a la autoridad civil competente en la forma que cada país
lo requiera. (2)
De
todo este trabajo que culminó
en la Cumbre convocada por el Papa
Francisco, se redactó una lista de
conclusiones a
manera de lineamientos a seguir para garantizar la seguridad de los
menores en los diferentes ambientes para
implementar
respuestas prontas, eficaces y legales desde
la detección
y antes inclusive de la denuncia de
casos de abusos de menores por parte de clérigos
o monjas.
Los 21
puntos:
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1. Elaborar un vademecum práctico en el que se especifiquen los pasos a seguir por la autoridad en todos los momentos clave de la aparición de un caso.
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2. Proveerse de estructuras de escucha, compuestas por personas capacitadas y expertas, donde se realiza un primer discernimiento de los casos de presuntas víctimas.
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3. Establecer criterios para la implicación directa del Obispo o del Superior Religioso.
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4. Implementar procedimientos compartidos para el análisis de las acusaciones, la protección de las víctimas y el derecho de defensa de los acusados.
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5. Informar a las autoridades civiles y a las autoridades eclesiásticas superiores de acuerdo con las normas civiles y canónicas.
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6. Revisar periódicamente los protocolos y normas para salvaguardar un ambiente protegido para los menores en todas las estructuras pastorales; protocolos y normas basados en los principios de la justicia y la caridad, y que deben ser integrados para que la acción de la Iglesia, también en este campo, se ajuste a su misión.
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7. Establecer protocolos específicos para el manejo de las acusaciones contra los Obispos.
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8. Acompañar, proteger y atender a las víctimas, ofreciéndoles todo el apoyo necesario para su completa sanación.
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9. Aumentar la conciencia de las causas y consecuencias del abuso sexual a través de iniciativas de formación permanente de obispos, superiores religiosos, clérigos y agentes pastorales.
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10. Preparar caminos para la atención pastoral de las comunidades heridas por los abusos, así como caminos penitenciales y de recuperación para los culpables.
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11. Consolidar la colaboración con todas las personas de buena voluntad y con los medios de comunicación para poder reconocer y discernir los casos verdaderos de los falsos, las acusaciones de las calumnias, evitando rencores e insinuaciones, rumores y difamaciones (cf. Discurso a la Curia Romana, 21 de diciembre de 2018).
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12. Elevar la edad mínima para contraer matrimonio a 16 años.
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13. Establecer disposiciones que regulen y faciliten la participación de expertos laicos en las investigaciones y en los diferentes grados de juicio de los procesos canónicos sobre abuso sexual y/o de poder.
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14. El derecho a la defensa: también es necesario salvaguardar el principio de derecho natural y canónico de la presunción de inocencia hasta que se pruebe la culpabilidad del acusado. Por lo tanto, es necesario evitar la publicación de las listas de los acusados, incluso por parte de las diócesis, antes de la investigación previa y la condena definitiva.
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15. Respetar el principio tradicional de proporcionalidad de la pena con respecto al delito cometido. Dictaminar que los sacerdotes y obispos culpables de abuso sexual de menores abandonen el ministerio público.
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16. Introducir reglas concernientes a los seminaristas y candidatos al sacerdocio o a la vida religiosa. Para esto, introducir programas de formación inicial y permanente para consolidar su madurez humana, espiritual y psicosexual, así como sus relaciones interpersonales y su comportamiento.
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17. Para los candidatos al sacerdocio y a la vida consagrada, se ha de realizar una evaluación psicológica por parte de expertos cualificados y acreditados.
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18. Indicar las normas que rigen el traslado de un seminarista o de un aspirante religioso de un seminario a otro; así como de un sacerdote o religioso de una diócesis o congregación a otra.
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19. Formular códigos de conducta obligatorios para todos los clérigos, religiosos, personal de servicio y voluntarios, con el fin de definir límites apropiados en las relaciones personales. Especificar los requisitos necesarios para el personal y los voluntarios, y verificar sus antecedentes penales.
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20. Ilustrar toda la información y datos sobre los peligros del abuso y sus efectos, sobre cómo reconocer las señales de abuso y cómo denunciar a las sospechas de abuso sexual. Esto debe hacerse en colaboración con los padres, profesores, profesionales y las autoridades civiles.
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21. Donde aún no se ha hecho, es necesario instituir un organismo de fácil acceso para las víctimas que deseen denunciar los delitos. Un organismo que goce de autonomía también con respecto a la autoridad eclesiástica local, y que esté compuesto por personas expertas (clérigos y laicos), que sepan expresar la atención de la Iglesia a aquellos que, en este campo, se consideran ofendidos por actitudes inadecuadas por parte de clérigos. ( 3)
En
representación de México, el Presidente
de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), Mons. Rogelio
Cabrera, dijo que los puntos clave son: “No más lentitud, mayor
responsabilidad, mayor exigencia y transparencia”.
Reveló que en México, en los últimos nueve años 152 sacerdotes
fueron retirados del ministerio tras ser encontrados culpables de
abusos, pero la CEM no cuenta con muchos más detalles, pues “cada
diócesis es responsable frente a la autoridad y frente a la Iglesia
para tratar estos asuntos”.
“Cada
obispo tiene que informar al Ministerio Público o a la Fiscalía y
también tiene que llevar el proceso ante el Santo Padre”. (
4)
“Hay
tres instituciones que tienen que ver con este asunto. La primera, la
Iglesia Católica que debe informar, no denunciar. La ley nos obliga
a informar, y el que informa no está declarando ni culpable ni
inocente a nadie. Lo segundo, la familia y las víctimas son los
responsables de denunciar a la autoridad civil. Y en este caso, la
Iglesia tiene que colaborar en la información que le pidan. Y
tercero, el aparato investigador lo pasa a los tribunales y ahí le
toca al Poder Judicial castigar al culpable”.
Sin
embargo, precisó, la Iglesia tiene el deber de “informar
inmediatamente lo que ocurrió y colaborar con las instancias tanto
investigadoras como judiciales sobre la posible información que
tengamos de aquel que ha sido acusado”.
“Nosotros no sentenciamos
civilmente, no nos toca llevarlos a la cárcel, eso es deber de la
autoridad”.
El Presidente de la CEM
reconoció que “lo que molesta a la gente es que mantengamos el
silencio y el secreto y una cosa que hemos decidido en México en
nuestros protocolos es que inmediatamente se lleva el caso ante el
Ministerio Público”. (4 )
También
entre los asistentes a la Cumbre estuvieron periodista como Valentina
Alasraki, que aportó algunas recomendaciones interesantes sobre el
manejo del tema en los medios de comunicación:
Todo
este trabajo, que ya va perneando a las diferentes diócesis del
mundo, debe de ir dando las condiciones pedidas por las víctimas y
por los sistemas legales de cada país y evidentes por los datos que
los casos han arrojado sobre las características de los abusadores,
para que se prevenga este horrible delito, se denuncie a tiempo y se
atienda a las víctimas inmediatamente. Así los menores estarán
seguros dentro de los ambientes educativos y religiosos.
Por Ana
Elena Barroso
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